IGAPE Cámara Lugo
BES-CAM Bolsa Electrónica de Subproductos
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Clave
Presentación Legislación Alta de empresa Demandas y Ofertas Gestores Nota Legal
  ÁREA ABIERTA
BOLSA DE SUBPRODUCTOS INDUSTRIAIS

EN QUÉ CONSISTE
La Bolsa de Subproductos es un medio de comunicación entre empresas, dirigido a facilitar el intercambio de residuos no peligrosos producidos en una empresa y que, en muchos casos pueden ser utilizados por otra como materia prima secundaria en su proceso de fabricación. Entendiendo como tal un servicio que facilitará la toma de contacto entre ofertantes y demandantes de subproductos.

El objetivo final es reducir la cantidad de residuos generados por la empresa Gallega con el consiguiente beneficio medioambiental y económico y reducir, si es posible, sus costes de fabricación. La Leyes que nos afectan son las de Residuos, tanto Nacional como Autonómica.

SERVICIO DE LAS CÁMARAS
Es un servicio das Cámaras de Comercio, Industria e Navegación de España, abierta a todas las empresas que lo deseen.

¿QUIENES INTEGRAN LA BOLSA DE SUBPRODUCTOS DE GALICIA?
A Bolsa de Subproductos  agrupa a las Cámaras de Comercio, Industria y Navegación de Lugo, Coruña, Santiago de Compostela, Ferrol, Vilagarcia de Arosa, Vigo, Pontevedra, Tui, Ourense.
La Bolsa de Subproductos es gestionada por la Cámara de Comercio de Lugo y coordinada por el Consejo Superior de Cámara de Comercio de España.

CARÁCTER CONFIDENCIAL
La solicitud de anuncio que el empresario envíe a la Cámara de su demarcación y se publicará manteniendo el anonimato del anunciante mediante un sistema de codificación.

FINANCIACIÓN DE LA BOLSA
La inserción de un anuncio en la Bolsa es gratuito y el empresario puede trabajar si lo desea con su clave en la aplicación BES-CAM localizada en la página web de la Cámara de Lugo,  toda empresa que desee subscribirse al Boletín de la Bolsa de Subproductos Industriales en el que aparece la relación de los anuncios de oferta y demanda de los subproductos, deberá hacerlo constar marcando la casilla correspondiente  en la ficha de inscripción.
La empresa recibirá a través del correo electrónico el Boletín de la Bolsa de Subproductos Industriales, que  tendrá carácter cuatrimestral.

FUNCIONAMIENTO DE LA BOLSA
Las empresas interesadas en anunciar ofertas o demandas de materiales deberán cubrir una ficha en la que se especifica una serie de características del tipo de producto. Esta ficha se deberá enviar a la Cámara de Comercio de su demarcación.
La Bolsa de Subproductos asignará un código a cada solicitud, con el objeto de garantizar la confidencialidad del anunciante y publicará el anuncio en la aplicación BES-CAM y en el Boletín de la Bolsa de los datos recibidos. Así mismo se publicará en la web del Consejo Superior de Cámaras de Comercio de España.
Los subproductos o familias que se van ofertar o demandar de dividen en las siguientes clases o familias:
01: Subproductos Químicos.
02: Plásticos.
03: Metales.
04: Papel y cartón.
05: Maderas.
06: Textil.
07: Goma y caucho.
08: Vidrio.
09: Cuero y pieles.
10: Escombros y minería.
11: Residuos de animales y vegetales.
12: Productos petrolíferos y aceites.
13: Chatarra  y escoria siderúrgica.
14: Varios.
15: Envases y embalajes.

Cuando un empresario se interese por un anuncio publicado en el Boletín o en la aplicación  BES-CAM, deberá  realizar la respuesta al mismo cubriendo sus datos.
La Bolsa recogerá los datos de este empresario que ha realizado una respuesta a un subproducto y los transmitirá al empresario que ha anunciado la oferta o demanda.

Este contactará directamente con el empresario solicitante.

Las Leyes que nos afectan son las de Residuos, tanto Nacional como Autonómica, aceptándose solamente residuos no peligrosos.

La Bolsa sólo transmite información relacionada con los ofertantes o demandantes sin, en ningún caso, analizar los productos o intervenir en el intercambio de los mismos, convirtiéndose en un elemento de difusión no de intermediación.

La bolsa de Subproductos de Galicia no conoce en ningún momento, si se ha realizado o no la transacción y en el caso de haberse realizado las características  de la misma, su misión finaliza una vez que ha puesto en contacto a las dos empresas.

De haber llegado a un acuerdo será conveniente notificarlos para realizar la baja de dicho anuncio.

NOTA LEGAL:
La Cámara de Comercio no se hace responsable del estado de los subproductos anunciados, ni del destino que los anunciantes y demandantes les dan a estos, y es siempre responsabilidad del titular su gestión y manipulación adecuadas. Las Leyes que nos afectan son las de Residuos y sus normativas complementarias.
El productor de los residuos es el titular y responsable del residuo hasta que es transferido y aceptado por un gestor autorizado mediante la firma del documento de control y seguimiento de los residuos.
Se deberá tener en cuenta:
Decreto 59/2009, del 26 de febrero, por el que se regula la rastreabilidad de los residuos
Ley 10/2008, de 3 de noviembre, de residuos de Galicia.
Orden del 15 de junio de 2006, por la que se desenvuelve el Decreto 174/2005, del 9 de junio, por lo que se regula el régimen jurídico de la producción y gestión de residuos y el Rexistro Xeral de Produtores e Xestores de Residuos de Galicia.
Decreto 174/2005, del 9 de junio, por lo que se regula el régimen jurídico de la producción y gestión de residuos y el Rexistro Xeral de Produtores e Xestores de Residuos de Galicia.
Ley 22/2011, del 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
Y demás normativa aplicable y de desarrollo.

 

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